Federacion de Profesionistas se ampara contra AMLO, PGR y SEP por encubrir delito de Barbosa en Puebla

FEDERACION de PROFESIONISTAS SE AMPARA vs AMLO, PGR, y la SEP por encubrir a BARBOSA candidato por MORENA en PUEBLA
Por la Redacción:
CIUDAD DE MEXICO. – El arquitecto Rodolfo Macias Cabrera, es el representante legal y Presidente Fundador en 1986 de la Federación de Colegios de Profesionistas de Michoacán, Asociación Civil, FECOPROMICH.
Macias Cabrera, obtuvo del Registro Público de la Propiedad en Morelia, Michoacán, a mediados del año 2018, una copia certificada de los estatutos y de su acta constitutiva en carácter de su representante legal.
De conformidad con algunos de los propósitos por los que el estado mexicano creo los Colegios de Profesionistas, se les otorgo una función para coadyuvar con las autoridades y conjuntamente vigilar el ejercicio profesional de quienes estén o no agremiados.

Abogado Jose Pascual Cerezo Vargas, Profesor Arnulfo Neri Santos, y el Ingeniero Civil Guadalupe Díaz Castro, algunos de los lideres inconformes
Un grupo de inconformes poblanos, algunos miembros activos de MORENA y otros no, le solicitaron a esta federación que les orientara y que les apoyara ya que desafortunadamente su partido político, no los escucha y sus candidatos en la elección del 2018, fueron designados, igual que lo viene haciendo el PRI, el PAN y el PRD, salvo honrosas excepciones.
Varios de ellos, firmaron una carta entre ellos, algunos profesionistas, donde se comprometieron a que, si su partido no los escuchaba, estaban dispuestos a realizar una huelga de hambre o de iniciar una caminara desde la ciudad de Puebla hasta la ciudad de México a las instalaciones en viaducto, de su partido político.
Aquí en México el periódico San Antonio Newspaper, cubrió a varios aspirantes por MORENA y pudieron constatar tanto Jorge Mendoza Arroyo y Juana Cruz Benítez, que así fue la designación. La mayoría de los aspirantes decepcionados, quedaron solamente en pequeñas y diluidas protestas.
Nada menos recientemente tenemos el ejemplo de Barbosa, que fue impugnado por el Senador Alejandro Armenta Mier casi hasta el último, pero al final fue llamado a cuentas y “le leyeron la cartilla” de igual forma el partido acción nacional se lo hizo a Rafael Moreno Valle Rosas, donde humildemente se retiro de la contienda para dejarle el paso libre a Ricardo Anaya.
Finalmente, Macias Cabrera, presento ayer sábado por la tarde en los juzgados federales en San Ángel, por insurgentes sur, la demanda de amparo en contra del presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador y dos de sus secretarios: Fiscal General de la República y el Secretario de Educación Pública.
El acto principal que les reclama a los tres servidores públicos es por el presumible encubrimiento a Barbosa de su delito criminal que viene cometiendo desde hace varios años y que la “justicia” al parecer no le llega la 4T.
Recordemos que AMLO estableció antes y ahora como presidente, que solamente es responsable de su hijo, fuera de él, no se hace responsable por nadie. Vista así las cosas, esperamos que ahora que sea admitida la demanda de amparo, en su informe justificado, previo al mismo, haya girado instrucciones precisas y la Fiscalía y la SEP que esta obligada a vigilar el ejercicio profesional le apliquen la ley a Barbosa, ya que aquí en la 4T no hay “INTOCABLES” ¿Es así AMLO?
Esta es una prueba para AMLO, ya que dijo que “barrería de arriba hacia abajo” caso contrario se daría lo mismo que en el sexenio pasado cuando Macias Cabrera denunció penalmente a Rafael Moreno Valle Rosas por usurpación de profesión, desde el año 2010 que se ostentaba ser Doctor en Derecho.
El periódico San Antonio Newspaper por medio de uno de sus corresponsales en Norteamérica intentó que las tres universidades donde supuestamente cursó sus estudios le otorgaran información verídica, incluyendo listas de compañeros de clase y profesores para cotejar la información proporcionada. Por falta de la transparencia en estas instituciones y por un “celo” mal entendido, y nuestros recursos, no fue posible constatar de una forma contundente los pasos estudiantiles de Moreno Valle en el extranjero, así como tampoco la Secretaria de Relaciones Exteriores colaboró para darnos la información de sus salidas y entradas al país.
Así como tampoco la cuenta publica del congreso de puebla quiso darnos información de todas las anomalías cometidas por Moreno Valle al endeudar a puebla con empresas fantasmas, y empresas extranjeras ”a modo”.
¿Qué decirles de lo gastado en publicidad de su gobierno?
Macias Cabrera en enero 2, 2015 protestó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que el presidente de la república, Enrique Peña Nieto estaba encubriendo el delito de Moreno Valle, a través de la PGR y la Fiscalía del estado de Puebla mediante la corrupción del abogado Víctor Carranca Bourguet.
No solo denuncio a Moreno Valle, también estaba la secretaria de salud, y el secretario de salud de puebla, Roberto Rivero Trewartha, el cual no contaba con ninguna profesión. Macias cuestiono a varios médicos que integran el “Colegio de Médicos de Puebla” y ninguno se atrevió a darle apoyo para protestar que de secretario de salud tuvieran a un estudiante, que ni siquiera estaba estudiando alguna carrera afín a la medicina. “Nadie tuvo valor”
También Macias Cabrera denuncio por encubrimiento a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya que sostuvieron en su posición al Director General del Instituto Federal de la Defensoría Pública, al abogado Mario Alberto Torres López, quien estuvo por varios años usurpando la ´profesión de Maestría en Derecho, con la cual no contaba.

Rodolfo Macias Cabrera es arrestado injustamente por autoridades estatales de Puebla a cargo del Gobernador Moreno Valle
La mitad del gabinete del gobernador “Tony” Gali Fayad, tampoco contaba con titulo y cédula profesionales, y solamente le llegaron amenazas al periodista para que guardare silencio.
Moreno Valle y Ricardo Gualterio Aco Farfán, estando en funciones de presidente municipal de Tetela de Ocampo, Puebla, mandaron secuestrar torturar, golpear y romperle los dientes al periodista Macias Cabrera.
Resulta que tanto el presidente municipal de Tetela de Ocampo, Marco Antonio Uribe Peña, Ricardo Gualterio Aco Farfán y el actual presidente en funciones, Juan López Salazar cometieron el delito criminal de usurpar profesión.
Uribe Peña usurpó la profesión de ingeniero civil; Aco Farfán la de profesor; y López Salazar la de abogado.
El actual titular de Juez Calificador esta usurpando la profesión de abogado, violando la ley y ante la complicidad del presidente municipal y de todos los regidores del actual ayuntamiento, lo mismo pasa con el encargado del registro civil de Tetela hoy en día.
Podríamos continuar dando ejemplos, pero no es el fin de la presente nota.
¿Qué esta en juego ahora y aquí? Que Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, esta cometiendo el delito de usurpación de profesión y que, desde mayo 22, 2018 la PGR oficialmente recibió y le ratifico a la exdiputada federal panista-ahora de morena- la denuncia penal, cuando se presento Barbosa como candidato por MORENA al gobierno del estado.
Ahora desde una nueva perspectiva comprendemos:
¿Por qué Barbosa no cumplió con su palabra de exhortar a las autoridades para que cumplieran con la ley, como en el caso del gobernador Moreno Valle y de otros, si también el mismo Barbosa “cojeaba de la misma pata”?
Lo anterior en el cumplimiento a uno de los juicios de amparo que Macias Cabrera le gano a la Cámara de Senadores y al Senador Presidente de la Mesa Directiva, como se comprometió en enero 6, 2015. Juicio de Amparo 1372/2014.
Conclusión:
¿Cómo responderá en este juicio de amparo Andrés Manuel López Obrador?
¿Nadie por encima de la ley?
Ya lo veremos en su informe justificado ante el juez federal.
- Solicitaron al presidente de la república Andrés Manuel López Obrador que el titular de la Fiscalía General de la República Alejandro Gertz Manero aplique la ley contra Barbosa por Usurpación de Profesión y exhorte a MORENA para que elijan a otro candidato por MORENA que no sea Barbosa mediante una convocatoria transparente.
- Miembro activa de MORENA, Juana Cruz Benítez quien solicitó al TEPJF tenga por no presentado el acuerdo al Recurso de Queja elaborado por la Comisión Nacional de Honor y Justicia de MORENA por haberlo presentado en forma extemporánea, fuera del término de 96 horas que se les concedió al CEN y al CNHJ en el juicio SUP-JDC-94/2019, se une a la promoción legal que hizo el representante de la FECOPROMICH
- El Presidente Fundador de la Federación de Colegios de Profesionistas de Michoacán, Asociación Civil, promueve dos juicios de amparo, uno en la CDMX y el otro en Puebla contra AMLO el Fiscal General de la República y el titular de la SEP.
El otro juicio de amparo, se presentará hoy domingo en ciudad judicial, en Puebla contra el Gobernador Interino Guillermo Pacheco Pulido, el Fiscal de Justicia de Puebla, contra el titular de la SEP y contra el titular de la Comisión de Derechos Humanos de Puebla por su omisión y negligencia reiterada, quien también estaba usurpando la profesión de Doctorado, y por encubrir el delito de usurpación de profesión de Barbosa, luego que la exdiputada Lagunes presentó la denuncia penal en Mayo 22, 2018 ante la Delegación de la PGR en Puebla, y ahora ratificada por el presidente fundador de la FECOPROMICH.
Responsable de esta publicación: Rodolfo Macias Celular 555-939-6603. Presidente Fundador de la Federación de Colegios de Profesionistas de Michoacán, Asociación Civil. FECOPROMICH.
Si usted se siente que nuestra publicación esta falseada en alguna forma, tiene derecho a replica.
A continuación, les presentamos el juicio de amparo que se promovió ayer en la ciudad de mexico.
Ciudad de México, Jueves, Mayo 16, 2019.
ESCRITO INICIAL
JUICIO DE AMPARO: EXPEDIENTE _____/2019
QUEJOSO: RODOLFO MACIAS CABRERA
vs
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
C. Andrés Manuel López Obrador
FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA,
C. Alejandro Gertz Manero
- JUEZ DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN LA CIUDAD DE MEXICO, EN TURNO
PRESENTE
RODOLFO MACIAS CABRERA, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, y POR PROPIO DERECHO vengo a solicitar JUSTICIA ante el Poder Judicial de la Federación, para beneficio de los mexicanos y en especial de aquellos que son ciudadanos o residentes en el estado de Puebla; ya que pretender LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, ser el próximo gobernador del estado de Puebla, impuesto por el partido del presidente MORENA, y que violó la constitución federal en el juicio 1372/2013 como presidente de la Mesa Directiva del Senado de la república y está cometiendo el delito de usurpar la profesión de licenciado en Derecho, y consecuentado o encubierto por la PGR hoy Fiscalía General de la República.
Manifiesto que soy Arquitecto, Director del Periódico San Antonio Newspaper, y Presidente Fundador de la Federación de Colegios de Profesionistas de Michoacán, Asociación Civil. FECOPROMICH.
Mexicano, de 65 años, y fui aspirante a la Candidatura Independiente a la Presidencia de la República en el proceso electoral pasado y que, debido a la corrupción legislativa, no logré participar en el mismo.
Oficina 72619983. Teléfono celular 555-939-6603. Email: [email protected]
Ante Usted, con el debido respeto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103º, y 107º, de la Constitución Federal, 1º, 2º, 17º, 35º, 37º, 107º fracción II, 110º, 112º, y 115º, y demás relativos de la nueva ley de amparo. 24º, 25º, 29º, 50º, 61º, 62º, y 73º de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, comparezco a exponer y demandar el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN, en contra de los actos y autoridades:
Por lo que a efecto de dar cumplimiento al artículo 108º manifiesto:
- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Ya han quedado expresados.
- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCER INTERESADO:
Bajo protesta de decir verdad en mi opinión es: LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, con domicilio en la Avenida Coyoacán # 1617 interior 102-A, Colonia del Valle Sur, Alcaldía Benito Juárez, en la Ciudad de México, Código Postal 03100
- AUTORIDADES RESPONSABLES
- Presidente de la República. Andrés Manuel López Obrador. Palacio Nacional. CDMX
- Fiscalía General de la República (FGR) C. Alejandro Gertz Manero. Procuraduría General de la República PGR. CDMX
- Secretario de Educación Pública. C. Esteban Moctezuma Barragán
- ACTO RECLAMADO:
- Violación al artículo 8º constitucional. Derecho de Petición. Omisión de darme una respuesta URGENTE a mi petición presentada en Palacio Nacional y clasificada con el folio: 20190516MACR2F
- Posible encubrimiento establecido en el artículo 400 del Código Penal Federal, fracciones V y VII.
- Omisión al permitir la violación a la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México y supletoriamente en el estado de Puebla.
ACTO RECLAMADO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA AMLO.
Al presidente le reclamo la OMISIÓN de tramitar, emitir una respuesta y notificármela personalmente, motivando y fundando su resolución a mi escrito. Petición con carácter urgente, la cual quedó registrada por su oficina en Palacio Nacional de Atención Ciudadana con el folio: 20190516MACR2F. En la que le solicito aplique la ley contra el candidato de MORENA al gobierno del estado de Puebla.
También le reclamo que como JEFE inmediato del Fiscal General de la República y del Secretario de Educación Pública, no los haya traído a cuentas y demandarles cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al permitir que LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, viole y actúe al margen de la ley, ya que está cometiendo el delito de usurpación de profesión desde hace varios años.
Toda vez que, como máxima autoridad de la nación y líder moral de su partido político, no puede permitir que un militante de su partido, quien además vocifero en su contra, como líder del PRD, LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, sea el candidato por MORENA, cuando tiene una denuncia penal en su contra por usurpación de profesión y que esta pendiente desde mayo 22, 2018 en que fue presentada y ratificada por la ex diputada federal Violeta del Pilar Lagunes Viveros, que presentó ante la Delegación en Puebla de la Procuraduría General de la República (PGR) una denuncia contra el candidato al gobierno del estado, por la posible comisión del delito de usurpación de profesión. Ya que ella, en un comunicado de la oficina de Lagunes Viveros, se informó que la denuncia fue turnada a la Unidad de Atención Inmediata de la Delegación en Puebla de la PGR a la Agencia Vigésima integrándose la Carpeta de Investigación FED/PUE/PBL/0001950/2018.
ACTO RECLAMADO AL FISCAL GENERAL DE LA REPUBLICA
Al Fiscal General de la República (FGR) Abogado Alejandro Gertz Manero. Antes Procurador General de la República PGR. Le reclamo que No procure, por los medios lícitos que tiene a su alcance y sin riesgo para su persona, impedir la
consumación del delito que sabe, se cometió, va a cometer o se está cometiendo, y/o Desvíe u obstaculice la investigación del hecho delictivo de USURPACION DE PROFESION de LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, o favorezca que el presunto inculpado se sustraiga a la acción de la justicia y obtenga FUERO al ser electo como gobernador del estado de Puebla.
Enero 18, 2019 Alejandro Gertz Manero tomó protesta de ley ante los miembros del senado de la república como Fiscal. Transcurrieron cuatro meses desde que asumió su posición y si desde mayo 22, 2018, Violeta del Pilar Lagunes Viveros, presentó y ratificó su denuncia penal en contra de Barbosa ante la delegación de la PGR en Puebla, ¿Por qué a la fecha no se ha procedido y remitirlo a un juez para ser juzgado y conocer si es culpable o inocente?
No olvidemos que desde el año 2011 denuncié penalmente por usurpación de profesión al fallecido exgobernador de Puebla, RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, y como lo acredité en mi denuncia pública ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en Enero 2, 2015. Pero Moreno Valle tuvo muchos cómplices y fue encubierto por las máximas autoridades del país comenzando por Enrique Peña Nieto, Presidente de la República.
También le reclamo al Fiscal General de la República, que denuncié penalmente por usurpación de profesión al exdirector general del Instituto Federal de la Defensoría Publica Mario Alberto Torres López, quien se ostentaba públicamente contar con una maestría en Derecho, la cual, conforme lo estableció la SEP Secretaria de Educación Pública, carecía de tal nivel de estudios, y que además también fue encubierto por la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Lo mismo sucedió con el actual presidente municipal de Tetela de Ocampo, Juan López Salazar y los dos anteriores, Marco Antonio Uribe Peña y Ricardo Gualterio Aco Farfán. Las denuncias están “congeladas”.
En enero 6, 2015, que entrevisté al Senador Barbosa y lo exhorté a dar cumplimiento a la ejecutoria del juicio 1372/2014 mediante el cual denunciaba la usurpación de profesión del exgobernador Rafael Moreno Valle Rosas, ahora comprendo, el porque no cumplió, ya que él mismo estaba en la misma situación que Moreno Valle, ya que ambos usurpaban la profesión y se estaban protegiendo el uno al otro.
ACTO RECLAMADO AL SECRETARIO DE EDUCACION PUBLICA
Al Secretario de Educación Pública también le reclamo al igual que al Fiscal General de la República, su posible encubrimiento establecido en el artículo 400 del Código Penal Federal, fracciones V y VII, para favorecer al candidato al gobierno de puebla por MORENA LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, y
Su Omisión al permitir la violación a la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México y supletoriamente en el estado de Puebla.
Ya que la SEP al tener conocimiento de los presuntos delitos de los hipotéticos inculpados, debió o debe coordinarse con la fiscalía y coadyuvar.
- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES DE LOS DERECHOS HUMANOS VIOLADOS
Artículos 1º, 8º, 14º y 16º, de la Constitución Federal
H E C H O S
- ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto los hechos que me constan y que constituyen los antecedentes de los actos reclamados:
Elaboré diversos escritos petitorios en junio del año 2014 dirigidos al Presidente de la República, al Procurador General de la República, al Secretario de Educación Pública de hechos que datan desde el año 2012 al 2014, mediante los cuales denuncié la actividad criminal del entonces Gobernador de Puebla RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, de su Secretario de Salud Roberto Rivera Trewartha; del Director General del Instituto Federal de la Defensoría Pública, Mario Alberto Torres López por usurpación de profesión de igual forma contra el presidente municipal de Tetela de Ocampo, Marco Antonio Uribe Peña y posteriormente en el año 2014, a Ricardo Gualterio Aco Farfán y a Juan López Salazar, actual presidente municipal de Tetela, a todos ellos por usurpación de profesión.
A partir de junio 2014 presenté varios escritos al Senador Barbosa -entre otros senadores- al presidente de la república, al procurador general de la república, al secretario de educación pública, etc., para denunciarles la usurpación de profesión de varios servidores públicos entre otras peticiones.
Al no recibir los acuerdos recaídos promoví un juicio de amparo (1372/2014 ante el Juez Tercero de Distrito en materia Administrativa en el Distrito Federal, hoy Ciudad de México y luego del Recurso de Revisión, se me concedió el amparo.
En enero 6, 2015, Barbosa, ya como presidente de la mesa directiva del senado, me recibió para que le explicara sobre el juicio de amparo 1372/2014 y algunas de sus consecuencias. Se comprometió verbalmente a exhortar al Congreso de Puebla y al titular de la PGR para que cumplieran la ley y se aplicara la ley contra estos servidores públicos que estaban violando la ley y usurpando la profesión, pero que al final y al tiempo, no lo hizo.
En mayo 22, 2018, en la ciudad de puebla, nos enteramos de que el candidato a gobernador, Barbosa no cuenta con su titulo y cédula profesional que lo acredite como profesionista egresado de la UNAM. Y que la exdiputada federal Lagunes Viveros presento formalmente una denuncia penal ante la PGR en Puebla por usurpación de profesión de Barbosa, lo cual fue un hecho inédito, y al igual que el Presidente del Instituto Electoral del Estado de Puebla IEEP quien burlo los filtros del congreso del estado o existió contubernio ya que este, carecía de titulo y cedula profesional.
También fui testigo como periodista de que MORENA, designo a varios de sus candidatos a elección popular, haciendo caso omiso de sus bases.
En diciembre 8, 2018 el TEPJF por mayoría de votos, resolvió que la esposa de Moreno Valle, Martha Erika Alonso ganó la elección al cargo de Gobernadora de Puebla. Y en un operativo inmediato tomo protesta de ley y ejerció el cargo del 14 al 24 de diciembre, 2018 en que tuvo un accidente fatal.
Debido al accidente de la gobernadora, se tuvo que convocar a elección de gobernador en el estado de Puebla. Se inicio el proceso electoral y el Instituto Nacional Electoral tiene a su cargo este proceso electoral y cada partido político o los independientes tuvieron su oportunidad para elegir a su representante.
Como dije, fui testigo en el año 2018 de como MORENA designo a algunos de sus candidatos, ignorando a sus bases como lo publicamos en el periódico san Antonio Newspaper.
Ahora MORENA ante el apoyo desbordado al presidente López Obrador, el candidato que escojan, será el próximo gobernador -en mi opinión- de Puebla.
¿Cómo escoger a su candidato? MORENA estableció su convocatoria y sus bases. Se registraron tres candidatos.
MORENA dio a conocer que Barbosa fue seleccionado según ellos, luego de haber realizado una “ENCUESTA” a la que solamente los de primer nivel entienden y determinan.
Al dar a conocer al triunfador de su “encuesta” el Senador Alejandro Armenta Mier primero dijo que no impugnaría y se sujetaría a la determinación de MORENA, pero de forma inmediata reculó y presentó ante MORENA y el TEPJF su primera impugnación hasta cuatro mas de ellas y cuando ya casi estaba a punto de lograr que el TEPJF acordara obligar a MORENA a que de nueva cuenta volviera a convocar de entre sus miembros a un nuevo candidato para que lo representara en la elección extraordinaria de junio 2, 2019; inexplicablemente se desistió. ¡Qué alguien me explique! Dice el comediante Ernesto Derbez.
En la primera impugnación del senador Armenta para impugnar la selección de su partido MORENA al haber escogido a Barbosa como candidato a gobernador, en el juicio SUP-JDC-67/2019, participé en forma directa para intentar hacer valer que lo hecho por MORENA deja mucho que desea y se esta traicionando a la justicia y a la cuarta transformación que nuestro presidente demanda de todos los mexicanos, no solamente de los miembros de su partido.
En mi primera intervención, en este juicio, denuncié el hecho de que Barbosa es un presunto criminal por usurpar la profesión de abogado y porque tiene abierta una carpeta de investigación por dicho delito.
¿Cómo es que MORENA escogió a un candidato que además de estar cometiendo un delito, en su pasado inmediato violó la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos como lo probé con el juicio de amparo 1372/2014? Además, que también no tiene clara su declaración tres de tres.
Miembros activos de MORENA, entre ellos, JUANA CRUZ BENITEZ y JORGE MENDOZA ARROYO, también fueron testigos como periodistas del periódico San Antonio Newspaper de las diversas anomalías de MORENA al escoger designados a sus candidatos ignorando a sus bases, ellos mismos se preguntaban ¿Estamos en el PRI o en el PRD o en el PAN? ¿Cuál es la diferencia? Estos dos miembros de MORENA se unieron a la impugnación del senador Armenta ante el TEPJF. Ellos estuvieron de acuerdo que la designación de Barbosa es injusta y que además le pesa a este la acusación por el delito penal de usurpación de profesión. Incluso ellos firmaron la carta petitoria dirigida al presidente de la republica exhortándolo de que haga efectivo su dicho: “Nadie por encima de la ley”.
Así de esta forma, con estos hechos demuestro que no es personal mi queja contra Barbosa, sino que es institucional y que no es contra el primero que lo hago, y que desde el año 2011, lo hago conforme al ARTICULO 73.de la ley, que establece: “Se concede acción popular para denunciar a quien, sin título o autorización legalmente expedidos, ejerza alguna de las profesiones que requieran título y cédula para su ejercicio. Artículo reformado DOF 02-01-1974”
Luego entonces tanto el Presidente como dos de sus secretarios del despacho que ocupan la Fiscalía y la Secretaria de Educación Pública, están encubriendo a Barbosa y a los otros mencionados, o ¿es negligencia de sus subalternos?
- CONCEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS:
Artículo 1º, 8º, 14º, y 16º, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 1º, 24º, 25º, 29º, 50º, 61º, 62º, y 73º y demás relativos de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México y supletoriamente en el estado de Puebla.
A raíz de la trascendental reforma constitucional en materia de Derechos Humanos de junio del 2011, el artículo 1º incorporó a la Constitución, las normas y los principios de derechos humanos contenidas en los tratados internacionales de los que México es parte, es decir, estableció un catálogo de derechos fundamentales donde positivó derechos reconocidos por tratados internacionales; así también a raíz de ésta trascendental reforma, incorporó también a su sistema, la forma de reconocimiento de derechos humanos que contienen los tratados internacionales aún y que estos no estén expresamente señalados por nuestra Constitución.
El artículo 1º de la Constitución Federal, también generó obligación dirigida a todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar y garantizar los derechos humanos en conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Aunando al establecimiento del control difuso de la constitucionalidad en los términos apuntados, la reforma al artículo 1 de la Constitución, integró al sistema penal de justicia constitucional mexicano el principio de interpretación pro persona o pro homine, herramienta que, de acuerdo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
“[]… exige que las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la propia Constitución y con los tratados internacionales de los que México es parte, de forma que favorezca ampliamente a las personas, lo que se traduce en esta obligación de analizar el contenido y alcance de tales derechos a partir del principio pro persona, que es un criterio hermenéutico que informa todo el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en virtud del cual debe acudirse a la forma más amplia, o a la interpretación extensiva cuando se trata de reconocer derechos protegidos, e inversamente, a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer restricciones permanentes al ejercicio de los derechos humanos o de su suspensión extraordinaria, es decir, dicho principio permite, por un lado, definir la plataforma de interpretación de los derechos humanos y, por otro, otorga un sentido protector a favor de la persona humana, pues ante la existencia de varias posibilidades de solución a un mismo problema, obliga a optar lo que protege en términos más amplios.”
Los actos reclamados son violatorios del Artículo 1º, 8º, 14º, y 16º, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se fundamenta con las garantías individuales y en concordancia al principio de Legalidad y Protección Judicial, contemplados en los artículos 8º, 9º, y 25º de la Convención Americana sobre “DERECHOS HUMANOS”; de acceso a la Justicia previsto en el artículo 8º de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de los cuales México es miembro comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización General de las Naciones Unidas, así como reitero en lo establecido por el “DERECHO DE PETICIÓN”.
De lo anterior se advierte que los gobernados tienen derecho a acudir ante las autoridades a realizar las peticiones y a expresarles tanto su queja como planteamientos diversos y éstas tienen la obligación de responderlas por escrito y dárselas a conocer en breve término.
En consecuencia, las autoridades tienen la obligación de emitir un acuerdo correspondiente y además hacerlo en los términos del mismo artículo 8º, Constitucional, es decir; 1. Emitir acuerdo; 2. Que sea por escrito y 3. Hacerlo conocer en breve término al solicitante en el domicilio señalado.
Así, por violación a la garantía de petición consagrada en el artículo 8 Constitucional, la protección federal debe otorgarse con el fin de que pronuncie la resolución congruente por el escrito y en breve término a las solicitudes planteadas; así pues, lo que pretende la garantía constitucional invocada es la exigencia de dar contestación a las peticiones, toda vez que el precepto constitucional establece que el derecho de petición se cumpla por la autoridad, ya que tiene la obligación de contestar al peticionario y no dejarlo sin acuerdo alguno, siendo desconcertante la omisión por parte de las autoridades responsables.
De lo anterior se concluye la evidente violación a la Constitución Federal, pues a la fecha no se ha emitido resolución, ya sea favorable o desfavorable, dejándoseme en estado de incertidumbre jurídica por dicha omisión, ya que, de existir resolución, se estará en aptitud de promover las instancias correspondientes.
En consecuencia, es procedente se conceda el amparo y protección de la Justicia de la Unión y dada la naturaleza negativa del acto reclamado se obligue a la autoridad responsable a que en respeto a mi garantía consagrada especialmente en el artículo 8º constitucional, se pronuncie la respuesta correspondiente a mi petición y desde luego, se me notifique.
Con fundamento en los artículos 1º y demás relativos a la Ley de Amparo, ofrezco las siguientes:
P R U E B A S
- DOCUMENTAL PUBLICA, Link de la página de Wikipedia
ANEXO UNO
- DOCUMENTAL PUBLICA, Link de la página del Senado de la Republica
ANEXO DOS
- DOCUMENTAL PUBLICA, Link de la página de la Dirección General de Profesiones de la SEP. Registro Nacional de Profesionistas. Consulta de cédulas profesionales. Donde se certifica que LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, no cuenta con cédula profesional como Licenciado en Derecho o Abogado.VERIFICAR EN LA PAGINA OFICIAL DE LA SEP
ANEXO TRES
- INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, consisten en todo lo actuado siempre y en cuanto favorezca a mis intereses.
- LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO, LEGAL Y HUMANA, en todo lo que favorezca a mis intereses.
Por lo expuesto y fundado;
A USTED C. JUEZ, atentamente pido:
PRIMERO. Tenerme por presentado demandando el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN y admitir la presente demanda por cumplirse todos y cada uno de los requisitos de la Ley de Amparo.
SEGUNDO. En su oportunidad y previos los tramites de ley, en su oportunidad dictar sentencia definitiva, por la que se me conceda el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA DE LA UNIÓN.
TERCERO. Admitir la demanda señalando fecha y hora para la celebración de la Audiencia Constitucional, solicitar los informes justificados; admitir las pruebas que se ofrecen y exhiben, teniéndolas por desahogadas dada su propia y especial naturaleza. Al hacerlo, solicito me otorgue una Copia Certificada de mi demanda y del auto de admisión y sea entregada al C. JORGE MENDOZA ARROYO o al C. OSCAR ALBERTO MARTINEZ SAAVEDRA.
CUARTO. Tener por señalado para oír y recibir notificaciones, y por autorizados también a recibir en mi nombre cualquier copia certificada que se me expida a mi favor, a los CC. JORGE MENDOZA ARROYO y OSCAR ALBERTO MARTINEZ SAAVEDRA.
QUINTO. NO QUIERO QUE SE SUPRIMAN MIS DATOS PERSONALES EN TODO EL PROCESO JUDICIAL.
SEXTO. De conformidad con la Circular 12/2009, emitida por el Consejo de la Judicatura Federal, se permita a las personas aquí autorizadas, la reproducción de las actuaciones mediante el empleo del instrumento óptico denominado escáner y/o permitir que pueda ser fotografiados documentos que obren en el expediente abierto en este Juicio de Garantías.
SÉPTIMO. Que supla la deficiencia de mi queja.
SALUDOS
RODOLFO MACIAS CABRERA*
(*) SOY ARQUITECTO, DIRECTOR DEL PERIODICO SAN ANTONIO NEWSPAPER, y PRESIDENTE FUNDADOR DE LA FEDERACION DE COLEGIOS DE PROFESIONISTAS DE MICHOACAN, ASOCIACION CIVIL.
ANEXO UNO
- DOCUMENTAL PUBLICA, Link de la página de Wikipedia https://es.wikipedia.org/wiki/Miguel_Barbosa_Huerta
ANEXO DOS
- DOCUMENTAL PUBLICA, Link de la página del Senado de la Republica
ANEXO TRES
DOCUMENTAL PUBLICA, Link de la página de la Dirección General de Profesiones de la SEP. Registro Nacional de Profesionistas. Consulta de cédulas profesionales. Donde se certifica que LUIS MIGUEL GERÓNIMO BARBOSA HUERTA, no cuenta con cédula profesional como Licenciado en Derecho o Abogado.
https://www.cedulaprofesional.sep.gob.mx/cedula/presidencia/indexAvanzada.action
Informes: Rodolfo Macias Celular 555-939-6603. Presidente Fundador de la Federación de Colegios de Profesionistas de Michoacán, Asociación Civil. FECOPROMICH.